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El impuesto sobre las emisiones de dióxido de carbono de los vehículos de tracción mecánica es un tributo propio de la Generalitat de Catalunya, cuyo objeto es grabar las emisiones de dióxido de carbono que producen estos vehículos y que inciden en el incremento de las emisiones de gases con efecto de invernadero.

Este tributo tiene carácter finalista y tiene que nutrir a partes iguales el Fondo climático y el Fondo de patrimonio natural.

En fecha 19.12.2019 el Parlamento de Cataluña aprueba la modificación de la de la Ley 16/2017, de 1 de agosto, del cambio climático, en relación con el impuesto sobre las emisiones de dióxido de carbono de los vehículos de tracción mecánica. Véase:
– El Parlament dona llum verda als canvis en l’impost sobre les emissions de CO2 dels vehicles de tracció mecànica (noticia de 20.12.2019).

El impuesto se gestiona mediante padrón y es elaborado y aprobado por la Agencia Tributaria de Cataluña a partir de los datos de que dispone. El periodo de exposición del padrón provisional referido el 2019 es del 1 al 15 de mayo de 2020 y el del padrón definitivo del 1 al 15 de septiembre de 2020.